Recomendaciones
- Debemos de llevar el bañador puesto
- Crema solar
- Agua
- Fruta si lo desean
- Toalla y ropa cómoda
- Chanclas
Importante saber
- La actividad puede ser cancelada si las condiciones meteorológicas no son compatibles con la excursión, en ese caso se ofrecerá cambiar la excursión a otro día.
- Sí usted suele marear en barco, debe de consultar en la farmacia si es recomendable adquirir biodramina
- Es recomendable saber nadar.
- La mejor hora para realizar la excursión es por la mañana a las 09:00 am h.
- La excursión discurre en el mar (océano atlántico) bordeamos el acantilado de Guaza, por lo que estamos en cierto modo resguardados del viento por la montaña, pero el viento puede cambiar y por lo tanto las condiciones pueden cambiar también.
- Nuestros monitores están constantemente chequeando las condiciones meteorológicas para poder ofrecer la mejor experiencia posible.
- En ningún momento vamos a un acuario, el safari discurre por la franja marina protegida Teno-Rasca, la cual nos ofrece enorme biodiversidad marina y paisajística entre otras, se trata de vida salvaje y debemos de mostrar el mayor respeto posible, con suerte podremos ver delfines y tortugas durante el recorrido.
¿Qué incluye?
La actividad incluye: Todo el material necesario para realizar la actividad
- Kayak y remos
- Chaleco de flotabilidad
- Asiento
- Guía certificado
- Seguro RC
- Gafas para hacer snorkel (recomendamos a los clientes que traigan sus propias gafas si las tienen)
DEBEMOS DE SABER
Medidas generales de protección.
1. Deberá evitarse en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos la realización de cualquier conducta que pueda causar muerte, daño, molestia o inquietud a los cetáceos conforme a lo dispuesto en el artículo 52.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
2. A efectos de este real decreto, se considera que puede dañar, molestar o inquietar a los cetáceos:
a) El contacto físico de embarcaciones o personas con el cetáceo o grupo de cetáceos.
b) Alimentar a los animales, tirar alimentos, bebidas, basuras o cualquier otro tipo de objeto o sustancia sólida o líquida que sea perjudicial para los cetáceos. c) Impedir el movimiento libre de los cetáceos, interceptar su trayectoria, cortar su paso o atravesar un grupo de cetáceos, en cualquier momento y dirección. d) Separar o dispersar al grupo de cetáceos y, especialmente, interponerse entre un adulto y su cría. e) Producir ruidos y sonidos fuertes o estridentes para intentar atraerlos o alejarlos, incluyendo la emisión de sonidos bajo el agua. f) Bañarse o bucear en la Zona de Exclusión del Espacio Móvil de Protección de Cetáceos.
Medidas complementarias de protección.
1. Si durante la realización de cualquier actividad en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos se observara alguna señal de alarma, molestia o alteración en el comportamiento de un cetáceo o un grupo de ellos, tales como cambios repentinos de dirección o velocidad, saltos súbitos ante la aproximación, huida o alejamiento reiterado, deberá abandonarse dicho Espacio en el menor tiempo posible, procurando evitar mayores molestias a los animales durante las maniobras de alejamiento.
2. En caso de herir a uno o varios cetáceos o si se encuentra un animal muerto o herido, se deberá avisar, a la mayor brevedad e indicando la posición, al Servicio Marítimo de la Guardia Civil, si es en el mar territorial, o a la Fuerza de Acción Marítima de la Armada, si es en aguas marinas que no tengan ese carácter. En el caso de que esté muerto, se procurará balizar al animal, y en el caso de que esté herido, señalar la posición del animal. 3. En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, se dará cuenta también a la Capitanía Marítima competente por razón de las aguas en las que se encuentren los cetáceos, a través del Centro de Coordinación de Salvamento Marítimo correspondiente, precisando la posición y el estado de los mismos, así como las posibles medidas de balizamiento que, en su caso, se hubieran adoptado.